Modificación Estatutos Sociales

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La modificación de los estatutos sociales tiene por finalidad la introducción de una reforma en las normas de organización de una determinada sociedad anónima previstas en sus estatutos. Formalmente consiste en un cambio de la redacción de los estatutos sociales inscritos en el Registro Mercantil y exige el cumplimiento de los requisitos previstos por la Ley. Entrando en más detalles sobre el asunto, podemos especificar que la modificación de cualquier cláusula de los estatutos sociales de una sociedad anónima debe ser acordada por la junta general (excepto el cambio de domicilio dentro del mismo término municipal, que puede ser acordado por los administradores de la sociedad: art. 285.2 LSC).

Con carácter general, es preciso que se cumplan, los siguientes requisitos:

  1. Informe escrito de los administradores, o de los accionistas autores de la propuesta, en el que se justifique la modificación propuesta.
  2. Que se expresen con claridad en la convocatoria de la Junta los aspectos que se pretende modificar.
  3. Que se haga constar también en la convocatoria el derecho de todos los accionistas a examinar en el domicilio social el texto íntegro de la modificación y del informe, y a solicitar el envío gratuito de estos documentos.
  4. Que el acuerdo de la junta general se adopte según lo previsto en los artículos 194 y 201 LSC (“quórum” de constitución extraordinario: en primera convocatoria, el 50% del capital social con derecho a voto; en segunda, el 25%); “quórum” de votación, si asiste menos del 50% del capital social con derecho de voto: dos tercios del capital presente o representado con derecho de voto).
  5. El acuerdo deberá constar en escritura pública, inscribirse en el RM y publicarse en el BORME

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Además de los requisitos generales que hemos visto, aplicables a cualquier modificación de los estatutos, la LSC establece un conjunto de normas aplicables, en particular, a modificaciones determinadas. Se trata de medidas de protección de los accionistas, singularmente considerados, ante ciertas modificaciones estatutarias y tratan de compensar eventuales perjuicios para sus intereses en la sociedad (individuales o minoritarios) derivados de un cambio estatutario acordado por mayoría. Por todos estos motivos les aconsejamos asesorarse en Notaría Ramentol Igualada, ya que encontrarán al mejor notario y al mejor equipo de profesionales cualificados, quienes cuentan con la capacidad de asesorar sobre las mejores opciones a la hora de llevar a cabo los delicados pasos de Modificación de Estatutos.

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